ESCUELAS RURALES, REQUISITOS PARA ESTABLECERLAS Y SOSTENERLAS.
Si se encuentra comprobado suficientemente que no se llenan los requisitos para la creación de una escuela rural, en virtud de que no existen en una finca de campo, más que tres niños en edad escolar, hijos de los trabajadores al servicio de la finca mencionada, no es suficiente la circunstancia de que no se hubiese autorizado la clausura del mencionado plantel, para considerar subsistente la obligación de los propietarios de la mencionada finca, en cuanto a su sostenimiento, toda vez que el requisito de clausura establecido en virtud de unas circulares de la Secretaría de Educación Pública, no puede estar sobre la prevención constitucional contenida en el artículo 123 de la Constitución Federal, ni sobre la reglamentación de la Ley Federal del Trabajo, que condiciona la obligación de sostener dichas escuelas, a la reunión de determinados requisitos, si en el caso no aparece que hayan sido llenados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378444-c75aa1c5/escuelas-rurales-requisitos-para-establecerlas-y-sostenerlas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ESCUELAS RURALES, CONDICIONES PARA ESTABLECERLAS. (s/clave)
- ESCUELAS RURALES, OBLIGACION DE ESTABLECERLAS. (s/clave)
- ESCUELAS RURALES, CUANDO ES OBLIGACION DE LA AUTORIDAD, ESTABLECERLAS Y SOSTENERLAS. (s/clave)
- ESCUELAS RURALES. (s/clave)
- ESCUELAS RURALES, CONDICIONES PARA ESTABLECERLAS. (s/clave)
- ESCUELAS RURALES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis