Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

APRENDICES, INDEMNIZACION POR DESPIDO DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 378527 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3191

Si bien es verdad que, de acuerdo con el capítulo de la Ley Federal del Trabajo, relativo al contrato de aprendizaje, no es obligatorio pagar al aprendiz el salario mínimo, especialmente, de acuerdo con la fracción II del artículo 124 de dicho ordenamiento, también debe tenerse en cuenta que ello se debe a que la ley ha estimado que el salario puede compensarse con la enseñanza y la suministración, al aprendiz, de alimentos o vestidos, y siendo indiscutible que cuando se opera su despido, ya no existe la compensación, es lógico que, entonces, debe hacerse el pago de la indemnización correspondiente, sobre el tipo más bajo de salarios que perciban los trabajadores calificados, o sea el mínimo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378527-de34c8ec/aprendices-indemnizacion-por-despido-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 1919/39. Lagler Francisco. 12 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis