TRABAJADORES, PODERES A LOS.
El hecho de que a un trabajador se le otorgue poder en un conflicto de trabajo, para representar a los demás trabajadores en el mismo conflicto, no implica que el mismo no prestara servicios al patrono a quien se demanda, ya que ese poder es ajeno al trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378537-e01ba649/trabajadores-poderes-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8547/39. Fernández Luis H. 14 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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