JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
Si la Junta de Conciliación y Arbitraje omite hacer el estudio de las pruebas rendidas, viola el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo y procede conceder el amparo para que, haga la debida estimación de todas las pruebas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378962-ba70d660/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3559/39. Avila Josefa. 9 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Salomón González Blanco.
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