DIAS DE DESCANSO COINCIDENTES, IMPROCEDENCIA DEL PAGO DE SALARIOS DOBLES.
No existe disposición en la Ley Federal del Trabajo, que obligue a las empresas a hacer un doble pago de salarios, en los casos en que un día de descanso obligatorio, coincida con un día de descanso semanal, y aun cuando es cierto que en algunas ejecutorias se ha establecido que debe ser pagado el salario de los días de descanso obligatorio, cuando coincida con un domingo, no lo es menos que ello ocurrió cuando aun no se establecía, por medio del correspondiente decreto, el descanso semanal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379639-f59f7b13/dias-de-descanso-coincidentes-improcedencia-del-pago-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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