SALARIOS CAIDOS, ACCIONES RELATIVAS A LOS.
En las acciones de reinstalación existen dos situaciones por lo que al pago de los salarios conciernen; cuando la acción entablada es la de reinstalación, tiene derecho el obrero a que se le paguen los salarios desde la fecha en que fue despedido, hasta que se le reinstale, y si la acción entablada fue la de indemnización constitucional, el pago de los salarios caídos, debe hacerse en los términos del artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379832-59ec363b/salarios-caidos-acciones-relativas-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8186/37. Velasco Flavia. 5 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SALARIOS CAIDOS CUANDO SE DEMANDA LA REINSTALACION. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS EN CASO DE REINSTALACION. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS EN CASO DE REINSTALACION. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS, PAGO DE LOS. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS, PAGO DE LOS. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS DURANTE EL CONFLICTO, PAGO DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis