COMPETENCIA SIN MATERIA.
Si la Suprema Corte de Justicia está conociendo de una competencia suscitada entre dos Juntas de Conciliación y Arbitraje y la parte actora se desiste de la acción ante la Junta que conoció del conflicto y se le tiene por desistida y también se desiste de la competencia ante la Suprema Corte de Justicia aquélla carece de materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380065-1058a1e9/competencia-sin-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 335/35. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje Número 17 de Monterrey y la Central de Conciliación y Arbitraje del mismo Estado. 13 de junio de 1938. Mayoría de nueve votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Informe de Labores de 1957, Pleno, página 161, tesis de rubro "COMPETENCIA SIN MATERIA.".
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