UTILIDADES, PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS.
Los trabajadores pueden intentar una acción declarativa para que se les reconozca el derecho a participar en las utilidades obtenidas por las empresas, atenta la prevención contenida en el artículo 11, transitorio, de la Constitución Federal, pues la falta de reglamentación de las fracciones VI y IX del artículo 123 constitucional, no constituye un obstáculo para el reconocimiento de ese derecho ya que el mismo existe, con absoluta dependencia de esa reglamentación, que sólo puede establecer la forma y términos de hacer efectiva la participación de las utilidades.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380197-87e1dc5b/utilidades-participacion-de-los-trabajadores-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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