OBREROS DE LAS FABRICAS MILITARES, DERECHOS DE LOS.
Si un obrero de un establecimiento militar fallece tiempo después del establecido por el artículo 22 de la ley de la materia, es indudable que no tiene derecho a solicitar la pensión de que habla tal artículo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380417-346dc241/obreros-de-las-fabricas-militares-derechos-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5107/37. Cid María del Consuelo. 11 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicaición no menciona el nombre del ponente.
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