OBREROS DE LAS FABRICAS MILITARES, DERECHOS DE LOS.
De los términos en que está redactado el artículo 29 de la Ley de Pensiones y Retiros Militares, se concluye que la gratificación de que habla, se concede a los deudos del militar, únicamente en el caso de haber cumplido el periodo de servicios que da derecho al retiro y que falleciere sin recibir tal beneficio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332342-bfac1366/obreros-de-las-fabricas-militares-derechos-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5107/37. Cid María del Consuelo. 11 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicaición no menciona el nombre del ponente.
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