MILITARES, RETIRO DE LOS.
El artículo 26 de la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada Nacionales y todos los que se refieren a pensiones por retiro, son inaplicables al caso de un militar que no esté comprendido en los artículos 1o., 2o., 3o. y 4o., de dicha ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808644-bfe2c419/militares-retiro-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1117/39. Godoy Alvarez Carmen y coagraviado. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.
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