Corpus
Modo: Corpus Pro

AMPARO DIRECTO, QUEJA IMPROCEDENTE CONTRA LA ADMISION DEL, POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 380760 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3128

Si se interpone el recurso de queja porque una autoridad del orden común, tramita indebidamente un juicio de amparo directo, es notoriamente improcedente tal recurso, en virtud de que el artículo 95 de la Ley de Amparo, no señala ese hecho entre los actos contra los cuales puede interponerse el recurso de queja, ya que la autoridad del orden común carece de facultades legales para llevar a cabo la tramitación de los juicios de amparo, cosa que incumbe exclusivamente a los Jueces de Distrito y a la Suprema Corte.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380760-f36b5db6/amparo-directo-queja-improcedente-contra-la-admision-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en materia de trabajo 68/36. Solís viuda de Millet Ofelia. 23 de septiembre de 1937. Mayoría de cuatro votos. Relator (disidente): Xavier Icaza.

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