QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION.
Si una Junta, al cumplimentar una ejecutoria pronunciada por la Suprema Corte, dicta un laudo que nulificó posteriormente, y con ello comete alguna violación en perjuicio de los trabajadores, esa violación, por ser nueva, debe reclamarse promoviendo un juicio de amparo y no por medio de una queja.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380956-069f016a/queja-por-defecto-de-ejecucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en materia de trabajo 151/37. Castillo Enrique E. y coagraviados. 30 de junio de l937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.
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