TRABAJO, PRUEBAS EN MATERIA DE.
Si se alega que una Junta de Conciliación y Arbitraje dejó de aplicar la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte, en el sentido de que, tratándose de riesgos profesionales, la carga de la prueba corresponde al demandado y no al actor, no es de admitirse esa alegación, si no demuestra el trabajador, haber sufrido el accidente a que alude en su escrito de reclamación, lo que indica que no es aplicable la jurisprudencia invocada, y con más razón, si la empresa niega que tal accidente hubiese ocurrido, por lo que es indiscutible que el cargo de la prueba corresponde al trabajador, por no estar sujetos a prueba los hechos negativos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381028-aa654be6/trabajo-pruebas-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJO, PRUEBAS EN MATERIA DE. (s/clave)
- TRABAJO, PRUEBAS EN MATERIA DE. (s/clave)
- TRABAJO, PRUEBAS EN MATERIA DE. (s/clave)
- TRABAJO, APRECIACION DE LAS PRUEBAS, EN MATERIA DE. (s/clave)
- TRABAJO, APRECIACION DE LAS PRUEBAS EN MATERIA DE. (s/clave)
- TRABAJO, PRUEBAS EN MATERIA DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis