LAUDOS DEFICIENTES.
Una Junta de Conciliación y Arbitraje no cumple con una ejecutoria de la Suprema Corte, si no hace, como en ésta se le ordena, la declaratoria que corresponda, sobre si debe condenarse, o no, a una negociación, a pagar las prestaciones exigidas por un trabajador, y si éste probó su acción y aquélla sus excepciones; por otra parte, si habiendo terminado el juicio arbitral y por consiguiente terminado el período de pruebas, ordena la misma Junta que se abra un incidente probatorio para establecer el monto de los salarios, y de acuerdo con las pruebas aportadas, resuelve sobre la excepción de plus petitio, hecho no ordenado por la ejecutoria de referencia, también por este concepto deja de cumplir con la mencionada ejecutoria, y además viola el artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo en su parte final, y el artículo 552 de la misma ley que establece el procedimiento que debe seguirse cuando no pueda fijarse le importe de lo reclamado en cantidad líquida, pues en su parte final, dicho precepto establece que: "Sólo en el caso de no ser posible lo uno ni lo otro, se hará la condena, a reserva de fijar su importe y hacerla efectiva en la ejecución del laudo".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381147-abc3bae2/laudos-deficientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS. (s/clave)
- LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION, EJECUCION DE LOS LAUDOS DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE ACLARACION ANTE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, SUS LAUDOS DEBEN SER CONGRUENTES CON LA DEMANDA Y LA CONTESTACION. (s/clave)
- ARBITRAJE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis