LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS.
Si una Junta deja a salvo los derechos de un obrero, respecto de salarios caídos, sin que éstos hayan sido reclamados, se ocupó de una cuestión que no le fue planteada, y por lo mismo, viola el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, puesto que sólo debió ocuparse de los litigiosos que fueron objeto del debate.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381245-f130c7c9/laudos-congruencia-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4835/36. Compañía "Petróleos de México", S.A. 5 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.
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