Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

JUNTAS, ATRIBUCIONES DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 381597 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1551

Los artículos 340, 352 y 357 de la Ley Federal del Trabajo, solo autorizan a las Juntas Municipales de Conciliación, para intervenir en forma conciliatoria, pero sin poder decidir por ellas mismas, los litigios que se lleven a su conocimiento, ya que sólo están autorizadas para dictar una opinión, fundada en los elementos de convicción que aporten las partes, y sin que dicha opinión pueda considerarse en términos precisos, como resolución en el conflicto, toda vez que la misma puede ser aceptada, o no, por las partes y sin que, en el caso de ser aceptadas, puedan ejecutarlas las propias Juntas Municipales de Conciliación, circunstancia esta última, que indica, a lo más, el hecho de que su intervención en los conflictos, sólo se encamina a buscar un avenimiento entre las partes. De la misma manera, tratándose de una cuestión de competencia, las expresadas Juntas no están facultadas para resolverla, ya que al oponerse por una de las partes y como excepción, la cuestión de competencia, debe estimarse que el asunto se hace contencioso, y que, por tanto, la Junta Municipal de Conciliación respectiva, ya no puede seguir interviniendo en el mismo, puesto que su intervención sólo es de carácter conciliatorio, y en ese caso, la misma Junta deberá proceder de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 477 y 366, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, esto es, remitiendo el asunto a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para que el grupo correspondiente de la misma, resuelva en definitiva dicha cuestión.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381597-d467e97c/juntas-atribuciones-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 1225/36. Marín Albino y coags. 25 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis