HORAS EXTRAORDINARIAS, PAGO DE SALARIO POR.
El artículo 2o., transitorio, de la Constitución, puso en vigor, a partir de su vigencia, las bases estipuladas por ella misma en materia de trabajo, una de las cuales, la contenida en la fracción XI del artículo 123, establece el derecho al pago de las horas extraordinarias de jornada, sin que pueda decirse que por tener una persona el carácter de empleado de confianza, estuviera capacitado para fijar a su arbitrio la duración de la jornada, si está demostrado que la compañía, en la que prestaba sus servicios, le había fijado las horas de entrada y salida para desempeñar sus labores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381856-69888e7a/horas-extraordinarias-pago-de-salario-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- HORAS EXTRAS DE TRABAJO, PAGO DE LAS. (s/clave)
- HORAS EXTRAS DE TRABAJO, SALARIOS POR CONCEPTO DE. (s/clave)
- HORAS EXTRAS, PAGO DE, QUE NO FORMA PARTE DEL SALARIO. (s/clave)
- HORAS EXTRAORDINARIAS DE TRABAJO, PAGO DE LAS (s/clave)
- HORAS EXTRAORDINARIAS, OBLIGACION DE PAGARLAS. (s/clave)
- TRABAJO, PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis