PATRONO, REBELDIA DEL.
No incurre en la responsabilidad prevista por los artículos 601 y 602 de la Ley Federal del Trabajo, el patrono que interpone amparo contra un laudo, porque sería ilógico el que la Constitución consagrara ese juicio y a la vez se sancionase a quien lo interpusiera, en ejercicio de un derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381923-4b99681c/patrono-rebeldia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5743/35. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de marzo de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Vicente Santos Guajardo.
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