PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS.
Si un trabajador no cuida de presentar a unos testigos ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que los cita, para que comparezcan ante ella, a pesar de habérsele ampliado el término en diversas ocasiones, pretendiendo el promovente, de esa manera, que el juicio continuara en suspenso, no puede afirmarse que la dicha Junta no hubiese admitido la prueba testimonial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382226-3e264fd8/pruebas-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5013/35. Neyry Arpad. 11 de noviembre de 1935. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Octavio M. Trigo.
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