PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
Si se alega que es lógico pensar que un trabajador, durante el tiempo en que presta sus servicios a un patrono, se siente cohibido para intentar una reclamación en contra de éste, el hecho de que el trabajador que continuaba prestando sus servicios hubiera formulado su demanda ante la Junta, demuestra la falsedad de tal argumento, y el fundamento de la tesis sobre prescripción, tiene un alcance general, sin que pueda afirmarse que la presentación de una demanda por un trabajador que continúa prestando sus servicios, lo destruya, porque la tesis no puede tener el alcance de que se prohiba a los trabajadores que ejerciten sus acciones, puesto que lo único que quiere protegerse, es el temor natural de los obreros, de exigir lo que se les adeuda, ante el peligro de que sean despedidos por el patrono.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382399-83a4609d/prescripcion-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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