JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, FACULTADES DE LAS.
Si en una reclamación presentada ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, aparece que después de que el actor ratificó su demanda, y de que el demandado la contestó, compareció el apoderado de la parte actora, manifestando que ésta se desistía de su acción, no hay motivo para considerar que la demanda no fue contestada con respecto a la acción intentada por aquel de los actores, que este posteriormente se desistió.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382610-d1b4de6b/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje-facultades-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 206/35. Pliego viuda de Hahenbeck Paz. 7 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION, LAUDOS DICTADOS POR LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, FACULTADES DE LAS. (1022)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, DEMANDAS ANTE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. ACCION DEDUCIDA Y EXCEPCIONES OPUESTAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis