DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIOS, SALARIOS POR LOS.
El artículo 93 de la Ley Federal del Trabajo establece que en los días de descanso obligatorio, los trabajadores recibirán sus salarios íntegros, sin que el precepto citado haga distinción, respecto a que esos días que establece el artículo 80 de la mencionada ley, coincidan, con los del descanso semanal; ya que, según se ha establecido en diversas ejecutorias, al ordenar el legislador que en los días primero de mayo, dieciséis de septiembre y veinticinco de diciembre, los trabajadores reciban sus salarios íntegros, lo hizo con el fin de que éstos puedan estar en condiciones de conmemorar y festejar esas fechas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382818-52fb754a/dias-de-descanso-obligatorios-salarios-por-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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