PATRONO, LIMITES DE LA RESPONSABILIDAD DEL.
Si un patrono confiesa que la muerte de un trabajador, que fue asesinado, se verificó cuando se encontraba en ejercicio de su empleo, el patrono tiene que probar que estaba exceptuado de las responsabilidades del riesgo, por haberse verificado éste en cualquiera de las circunstancias señaladas por el artículo 316 de la Ley Federal del Trabajo, y el hecho de que se demuestre que el patrono no sufrió daño alguno en sus propiedades, no presupone que la muerte del trabajador fuera ajena al trabajo; pues esto sólo podría significar que quienes asesinaron al mencionado trabajador, para cometer depredaciones en los intereses del patrono, no pudiera llegar hasta la realización de sus propósitos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382866-5d0e89be/patrono-limites-de-la-responsabilidad-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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