SINDICATOS, TIENEN LA REPRESENTACION DE SUS MIEMBROS.
A partir de la fecha en que las leyes reconocieron la personalidad de los sindicatos de trabajadores, los propios sindicatos tienen la representación legal de sus miembros, pudiendo comparecer como actores o demandados, defendiendo los derechos de sus agremiados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382912-7d3ded8a/sindicatos-tienen-la-representacion-de-sus-miembros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2813/26. Compañía Mexicana Holandesa "La Corona", S.A. 4 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñárritu.
Jurisprudencia relacionada
- SINDICATOS, PERSONALIDAD DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES SINDICALIZADOS, DEBEN COMPROBAR TAL CARACTER LOS SINDICATOS QUE PROMUEVAN EN SU NOMBRE. (s/clave)
- TRABAJADORES SINDICALIZADOS, DEBEN COMPROBAR TAL CARÁCTER LOS SINDICATOS QUE PROMUEVAN EN SU NOMBRE.- (581)
- SINDICATOS PARA REPRESENTAR EN JUICIO A LOS TRABAJADORES DEBEN PROBAR QUE SON SUS AGREMIADOS. (s/clave)
- SINDICATOS, REPRESENTACION POR LOS, DE SUS MIEMBROS. (s/clave)
- SINDICATO, PERSONALIDAD DE UN, PARA PROMOVER EN REPRESENTACIÓN DE UN TRABAJADOR.- (470)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis