EMBRIAGUEZ QUE DESTRUYE LA OBLIGACION DE INDEMNIZAR POR ACCIDENTES DE TRABAJO.
Para que el patrono se libre de la obligación de cobrar indemnizaciones por accidentes de trabajo a causa de embriaguez de los obreros, debe comprobar esa causa por medios técnicos; certificado expedido por dos peritos médicos, que habiendo examinado el obrero, certifiquen su estado de embriaguez; certificado de autopsia, en su caso, del cual se desprenda que se encontró alcohol en las vísceras del obrero, congestión en las meninges, etcétera; pero no puede aceptarse que la citada causa se comprueba por el simple dicho de un particular.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383048-0e11dce4/embriaguez-que-destruye-la-obligacion-de-indemnizar-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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