JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, NO ESTA DENTRO DE SU SOBERANIA PARA APRECIAR LAS PRUEBAS, LA APLICACION DE LA LEY.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje son soberanas para apreciar las pruebas y, por tanto, pueden tener o no, por comprobado, que ha tenido lugar un accidente de trabajo; pero una vez aceptada la existencia del accidente, como para determinar si el mismo constituye o no un riesgo profesional, debe aplicarse la ley que establece los requisitos que deban reunirse, para que un accidente pueda reputarse como de trabajo, y como la estimación relativa constituye una cuestión de derecho y no de hecho, no cae dentro de la soberanía de las mencionadas Juntas; pudiendo la autoridad judicial federal sustituir su criterio al de las Juntas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383169-2fefd699/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje-no-esta-dentro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION, SU SOBERANIA EN LA APRECIACION DE LAS PRUEBAS. (s/clave)
- JUNTAS, LIMITES DE SU SOBERANIA PARA ESTIMAR LAS PRUEBAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis