COMPETENCIA JURISDICCIONAL DE LAS JUNTAS.
Las decisiones que pronuncien las Juntas de Conciliación, estableciendo su competencia jurisdiccional, son reclamables en la vía de amparo, en virtud de que, con tales decisiones, pueden cometerse violaciones a las leyes del procedimiento, que no pueden ser reparadas en la sentencia definitiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383297-c3d1aafb/competencia-jurisdiccional-de-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2445/25. Peña de Toledo Concepción de la y coags. 25 de enero de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS DE CONCILIACION, COMPETENCIA ENTRE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION, COMPETENCIA DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION, SU DECLINATORIA DE COMPETENCIA, DICTADA EN EL TERMINO LEGAL, NO ES DE CARACTER DEFINITIVO. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, COMPETENCIA DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS, COMPETENCIA DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION, COMPETENCIA DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis