OBREROS, RENUNCIA DE LOS DERECHOS DE LOS.
La aceptación del trabajador para recibir parte de lo que tiene derecho, por concepto de indemnización, no puede implicar la renuncia del derecho a los tres meses de indemnización, supuesto que el artículo 123 constitucional, en su fracción XXVII, inciso "g", determina que serán estipulaciones nulas y no obligarán a los contrayentes, las que constituyan renuncias hechas por el obrero, a las indemnizaciones a que tenga derecho, entre otros conceptos, por el incumplimiento del contrato de trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383833-6b3de75c/obreros-renuncia-de-los-derechos-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4273/31. Reyes Teruel Benjamín. 7 de junio de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.
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