CONFLICTOS DE TRABAJO.
Cuando el laudo de una Junta de Conciliación y Arbitraje se ha fundado exclusivamente en uno de los artículos del reglamento para empleados de los Ferrocarriles Nacionales de México, y no se justificó durante la tramitación la existencia de ese reglamento, el laudo es violatorio de garantías supuesto que la Junta no falló como era su obligación, de acuerdo con las pruebas rendidas; toda vez que el referido reglamento no es una ley, y por lo mismo, debió haberse probado plenamente su existencia, como convenio entre las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383947-255c253a/conflictos-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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