COOPERACION, DERECHOS DE.
La Sala del Tribunal Fiscal interpretó jurídicamente el artículo 424 de la Ley de Hacienda, al declarar que es obligación de las autoridades del Departamento del Distrito Federal dar a conocer al causante el valor de las obras ejecutadas, antes de su iniciación, así como los precios unitarios conforme a los cuales serán ejecutadas. Si es facultad de la autoridad administrativa determinar la conveniencia y oportunidad de la realización de obras públicas, el particular se encuentra impedido para conocer la determinación que se emita al respecto, por lo que no puede ejercitar el derecho que le concede el precepto legal mencionado, si antes no es notificado de dicha determinación. Mas si la parte actora, invocó ante el Tribunal Fiscal de la Federación el derecho de ser oída por la autoridad administrativa para formular las objeciones que estimara pertinentes, la Sala Fiscal debió declarar la nulidad de la resolución impugnada para este solo efecto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384398-13094292/cooperacion-derechos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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