PRUEBAS EN MATERIA FISCAL (INFORMES DE LAS AUTORIDADES DEMANDADAS).
No es necesario requerir a la autoridad demandada para que rinda el informe ofrecido como prueba por la parte actora, si en su contestación a la demanda dicha autoridad ofreció como prueba ese informe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384515-92054520/pruebas-en-materia-fiscal-informes-de-las-autoridades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 141/54. Tesorería del Distrito Federal (Curiel Longoria Gustavo). 6 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
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