COSTAS, CONDENA EN LAS, POR FALTA DE RENDICION DE PRUEBA.
Si se admitiera el criterio de que la condena en costas procede en todo caso en que no se ofrezcan pruebas dentro del término especialmente señalado para ese objeto una vez fijada la litis, aunque tratándose del actor éste haya acompañado a su demanda los documentos en que estime fundado su derecho, se llegaría a la grave injusticia de imponer el pago de costas a quien no haya podido disponer de más elementos de prueba que los documentos exhibidos con su demanda. La fracción I del artículo 140 del Código de Procedimientos Civiles se debe entender aplicable sólo para la parte que ninguna prueba rinda durante todo el curso del juicio, pero de ningún modo para aquella que la rinda después de los términos a que se refieren los artículos 290, 300, 301 y 303 del ordenamiento citado, aprovechando las oportunidades de excepción que la propia ley señala en sus artículos 294, 307 y 308.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385348-c2f3800e/costas-condena-en-las-por-falta-de-rendicion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS. (s/clave)
- COSTAS, CONDENACION EN. (s/clave)
- COSTAS. IMPROCEDENCIA DE LAS. (s/clave)
- COSTAS. PROCEDE CONDENAR AL ACTOR A SU PAGO SI LA SALA RESPONSABLE CONFIRMA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA QUE DETERMINÓ ABSOLVER A LA ENJUICIADA DE LAS PRESTACIONES (I.11o.C.161 C)
- COSTAS. (s/clave)
- COSTAS. NO PROCEDE SU CONDENA A LA PARTE ACTORA CUANDO ÉSTA OBTUVO PARCIALMENTE SUS PRETENSIONES. (I.11o.C.5 C )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis