RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS PATRONES, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE (LEGISLACION DE COAHUILA).
Si la responsabilidad civil del demandado proviene de lo dispuesto por el artículo 1821 del Código Civil, que se encuentra en el mismo capítulo del que forma parte el artículo 1832, que señala el plazo de prescripción de la acción que se ejercite en los términos de ese mismo capítulo, resulta incuestionable que la regla especial aplicable a los casos que, como el presente, se encuentran regulados por el capítulo mencionado, es la contenida en este precepto, sin que haya lugar a aplicar las reglas generales, pues la existencia de una especial implica la aplicación de ésta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385497-65dc9a66/responsabilidad-civil-de-los-patrones-prescripcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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