COMPRAVENTA CELEBRADA POR SOCIEDADES.
La compraventa hecha por una sociedad sí puede surtir efectos contra un tercero, aun cuando los nombramientos de los miembros del consejo de administración de la compañía vendedora, no estén inscritos en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 26 del Código de Comercio, si los documentos relativos al inmueble vendido son registrados conforme a la ley común, en el Registro Público de la Propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385639-d8cc3acc/compraventa-celebrada-por-sociedades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4958/49. Reyes Martínez Altagracia. 1o. de julio de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Matos Escobedo y Gabriel García Rojas. Ponente: Angel González de la Vega.
Jurisprudencia relacionada
- SOCIEDADES EXTRANJERAS. INSCRIPCION DE SUS BIENES EN EL REGISTRO. (s/clave)
- SOCIEDADES MERCANTILES, BIENES ADQUIRIDOS POR LOS SOCIOS ANTES DEL REGISTRO DE LAS. (s/clave)
- SOCIEDADES MERCANTILES, REGISTRO DE LAS. (s/clave)
- SOCIEDADES MERCANTILES, INSCRIPCION DE LAS EN EL REGISTRO DE COMERCIO. (s/clave)
- COMPRAVENTA, CONTRATO PRIVADO DE. AUNQUE SEA DE FECHA CIERTA DEBE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD PARA QUE SURTA EFECTOS CONTRA TERCEROS. (VI.2o.C.287 C)
- COMPRAVENTA (TERCEROS PARA LOS EFECTOS DEL REGISTRO). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis