FILIACION, PRUEBA DE, CON DOCUMENTOS EXTRANJEROS.
El interesado debe aportar al juicio los elementos probatorios que, conforme a la legislación del país extranjero de origen, sean pertinentes para acreditar el parentesco que se trata de comprobar, y demostrar que conforme a las leyes de tal país, dichas pruebas son suficientes para el caso, lo que equivale a la obligación de probar la existencia y aplicabilidad del derecho extranjero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385787-1100ae1c/filiacion-prueba-de-con-documentos-extranjeros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 152/51. Hammoud Aly Bahija y coag. 22 de octubre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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