Corpus
Modo: Corpus Pro

LETRAS DE CAMBIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 386177 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 147

En la letra de cambio únicamente puede hacerse valer la ausencia o deficiencia de la causa contra el tenedor que haya sido parte en la relación fundamental subyacente y nunca contra la persona extraña a dicha relación causal, debido a que esa relación fundamental está absolutamente desvinculada de la obligación cartular literalmente consignada en el documento, por lo que tal falta no puede oponerse a quien no fue parte en la relación causal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386177-4daa8558/letras-de-cambio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 4947/50. Calderón Herrejón Miguel. 4 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Felipe Tena Ramírez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.