PRUEBAS DOCUMENTALES NO RELACIONADAS EN LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.
Atendiendo a la naturaleza de toda prueba documental, las presentadas con anterioridad a la audiencia del juicio se desahogan automáticamente, sin necesidad de mayores trámites; y si el Juez de Distrito no las relaciona durante la etapa correspondiente, tal omisión no significa que hayan sido ilegalmente desahogadas, por cuya razón puede tomarlas en cuenta en la fase decisoria con apoyo en los artículos 77, fracción I, 78 y 151 de la Ley de Amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800306-f57d705d/pruebas-documentales-no-relacionadas-en-la-audiencia-constitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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