ABANDONO, INEXISTENCIA DEL.
Si el propio patrón reconoció en su confesión que el trabajador se presentó al trabajo, demuestra que no existió voluntad del obrero para abandonarlo. Por tanto, si así lo reconoció y estableció la Junta, no violó garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800915-0ffe0e31/abandono-inexistencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3233/57. Federico Tirado Rodríguez. 21 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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