DESPOJO, ES DELITO CONTRA LA POSESION.
En primer término y de modo genérico, procede decir que el delito de despojo de inmueble, es un acto contra la posesión y no contra la propiedad del predio de que se trata, o sea que el elemento esencial constitutivo de tal infracción penal, es la existencia de esa posesión, la tenencia real de ella por una persona y su posterior ocupación furtiva, mediante engaños, amenazas o violencia, de propia autoridad, por otra persona.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800926-87d4e278/despojo-es-delito-contra-la-posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4999/61. María Brito Brito. 31 de enero de 1962. Cinco votos. Ponente: Alberto R. Vela.
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