POLICIAS, VALOR DE SUS TESTIMONIOS.
Cuando los agentes policiacos declaran como testigos de cargo, y tanto de sus declaraciones como de los datos que se derivan de otras pruebas rendidas, se viene al conocimiento de que actuaron con ostensible violación de la ley y que sus declaraciones pugnan con la lógica de los hechos y con los demás elementos referidos, deben desestimarse sus testimonios, aceptando las demás pruebas, de acuerdo con el valor que se les atribuya previo análisis que se haga de acuerdo con las normas legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801038-420f275b/policias-valor-de-sus-testimonios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4295/61. José Cruz Macías Pérez y Bartolo Flores Martínez. 15 de febrero de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.
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