POLICIAS, VALOR DE SU DICHO.
A los dichos de los policías que declararon como testigos de cargo, les faltan los requisitos fundamentales de credibilidad, tales como probidad, independencia e imparcialidad, si no fueron producidos espontáneamente, sino por temor a su jefe inmediato, circunstancia bastante por sí sola para descalificar la prueba, conforme a las fracciones II y V, del artículo 289 del Código Federal de Procedimientos Penales, y declararla inmerecedora de servir como base a una condena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804039-c2f826f4/policias-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4842/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Jurisprudencia relacionada
- POLICIAS, VALOR DE SUS TESTIMONIOS. (s/clave)
- POLICIAS, VALOR PROBATORIO DE TESTIMONIOS DE. (s/clave)
- POLICIA, VALOR DEL TESTIMONIO DE LOS AGENTES DE LA. (s/clave)
- POLICIAS, VALOR PROBATORIO DE TESTIMONIOS DE. (s/clave)
- POLICIAS, VALOR DE SUS DECLARACIONES. (s/clave)
- POLICIAS, VALOR PROBATORIO DE TESTIMONIOS DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis