CONDENA CONDICIONAL. LENOCINIO.
El espíritu del artículo 90 del Código Penal tiende a que dicho beneficio sólo lo disfruten los delincuentes primarios que tengan modo honesto de vivir, y no puede reputarse como modo honesto de vida el que un individuo explote el cuerpo de una mujer y regentee un establecimiento dedicado indirectamente al comercio carnal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801135-94ab399c/condena-condicional-lenocinio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3695/57. Francisco Huing o Mui Hong Hui. 26 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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