RAPTO.
Este delito tiene como elemento primordial el apoderamiento de una mujer para consumar la posesión, sustrayéndola de su hogar propio en forma continuada, ya sea por medio de la violencia física o moral, de la seducción o del engaño, presumiéndose que existe este último cuando la mujer es menor de dieciséis años. El rapto, pues, es la segregación de la víctima de su medio ordinario de vida para incorporarla a otro distinto. Si se considerarse que la sustracción momentánea basta para configurar el rapto, éste ocurriría en todos los casos de violación y estupro, cuando el acto carnal se verificara fuera del domicilio de la víctima.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801234-b6415ce2/rapto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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