OFENDIDO. VALOR DE SU DICHO.
Es inadmisible que la declaración del ofendido carezca de eficacia, toda vez que si no fuera atendible, no existiría motivo para que se recibiera, observando que sólo cuando haya datos que hagan sospechosa su veracidad no se la tomará en cuenta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801293-43af959d/ofendido-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3934/60. Alfredo Haas Pfamier. 16 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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