OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.
El solo dicho del ofendido, del que deriva la autoridad responsable, la presunta culpabilidad de los quejosos, si no se encuentra corroborado por ningún otro elemento de prueba, no tiene validez para ello.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805197-a93765d2/ofendido-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 5830/50. Salcedo Hernández Cirilo y coags. 13 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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