PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Es obligación del Juez natural, por imperativo de la ley, individualizar los casos criminosos sujetos a su conocimiento y con ello las sanciones que al agente del delito deban ser aplicadas, con el fin de que no sean el resultado de un simple análisis de las circunstancias del hecho en que el acto criminoso se realiza y de un enunciado más o menos completo de las características ostensibles del delincuente, sino la conclusión racional resultante del examen de la personalidad en sus diversos aspectos y sobre los móviles que lo indujeron a cometer el delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802327-de6480bd/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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