PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Los Jueces constitucionales, deben respetar las situaciones que son del dominio del Juez natural, a menos que exista una flagrante violación de las reglas de la lógica, o de las que rigen la apreciación de las pruebas; y si el juzgador valoró acertadamente la conducta desplegada por los agentes del tipo delictivo, y al sancionarlos tuvo en cuenta el resultado alcanzado con tal conducta ilícita, así como las circunstancias especiales que se dieron en la concepción del injusto, no infringió las normas reguladoras de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294433-c739344b/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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