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PULQUERIAS, CLAUSURA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 802473 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Tercera Parte; Pág. 75

Si el director general de Gobernación no confesó en su informe justificado haber dictado de propia autoridad la orden de clausura que se le atribuye, y entre las constancias acompañadas al susodicho informe, figura la repetida orden y la misma sí aparece dictada de propia iniciativa por el director general mencionado y no en uso de atribuciones que le hubieran delegado el jefe o el secretario general del Departamento del D. F., únicos funcionarios competentes legalmente para ordenar clausuras, competencia exclusiva que resulta de lo establecido por el artículo 34 del Reglamento para Expendios de Pulque en el Distrito Federal, la precitada orden es, efectivamente violatoria de los artículos 14 y 16 constitucionales, y también lo es la cumplimentación de ella.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802473-b3d813a0/pulquerias-clausura-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 655/58. Heliodora Rosales. 11 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen VI, página 82. Amparo en revisión 5466/57. Guadalupe Hernández Rodríguez. 2 de diciembre de 1957. Cinco votos. José Rivera Pérez Campos. Volumen V, página 192. Amparo en revisión 4239/57. Raquel de la Concha de Castelán. 7 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño. Volumen IV, página 231. Amparo en revisión 3205/57. Teodoro Rosas Velázquez. 2 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Felipe tena Ramírez. Volumen III, página 168. Amparo en revisión 3907/57. Pedro Moyeda Miranda. 25 de septiembre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen III, página 168. Amparo en revisión 3052/57. Guadalupe Navarro Menes. 23 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Volumen VI, página 82 y Volumen V, página 192, esta tesis aparece bajo el rubro "PULQUERIAS, CLAUSURA DE LAS.".

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