CAREOS, OMISION DE, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS.
Si en el proceso no se celebran los careos, que además no fueron solicitados por el inculpado, la omisión de ellos con los testigos que declararon en el proceso no perjudica, si las declaraciones de éstos solamente fueron tomadas en cuenta para robustecer circunstancias de hecho contenidas en la propia confesión del inculpado, por lo que no es factible considerar que se haya incurrido en la violación del artículo 20 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803163-b742fbc4/careos-omision-de-no-violatoria-de-garantias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6418/78. Domingo González Cervantes. 8 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo.
Nota: Reitera tesis de jurisprudencia 50 y sus relacionadas, Apéndice 1917-1975, Segunda Parte, página 118.
Jurisprudencia relacionada
- CAREOS, OMISION DE LOS, NO ES VIOLATORIA DE GARANTIAS. (s/clave)
- CAREOS, FALTA DE, EN EL PROCESO. (s/clave)
- CAREOS, OMISION DE LOS, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS. (s/clave)
- CAREOS, OMISION DE, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS. (s/clave)
- CAREOS, OMISION DE LOS, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS. (s/clave)
- CAREOS, OMISION DE LOS, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis